Impuesto de circulación 2026: cuánto se paga en cada municipio

    Por el mismo coche, un conductor de Barcelona paga 143,88 € al año y uno de Torrelaguna paga 17,99 €. Ocho veces menos, mismo vehículo, mismo país.

    Esa diferencia existe porque el impuesto de circulación lo fija cada ayuntamiento dentro de unos límites estatales, y casi nadie compara lo que cobra el suyo. El mapa recoge las tarifas vigentes de 7.391 municipios para 2026.

    Busca tu municipio y mira cuánto te toca.

    Última actualización: 30 de agosto de 2026.

    Cargando el mapa…

    Lo que enseña el mapa

    Todas las cifras corresponden al mismo vehículo de referencia: un turismo de 12 a 15,99 caballos fiscales, que es el tramo más habitual del parque español. La cuota estatal mínima para ese tramo es de 71,94 €.

    Municipio más barato17,99 € — Torrelaguna, Ajalvir, Navas del Rey y Torremocha de Jarama (Madrid)
    Tope legal143,88 € — lo aplican 248 municipios
    Mediana nacional79,90 €
    Diferencia125,89 €, exactamente ocho veces

    Los 248 municipios que cobran el máximo son solo el 3,4 % del total, pero en ellos vive el 21,5 % de la población. Ahí está el patrón de fondo: cuanto más grande es la ciudad, más se acerca al tope. Barcelona, Murcia, Palma, Vigo, Granada, Salamanca, Cartagena, Terrassa, Badalona, Sabadell, Lleida y L'Hospitalet cobran los 143,88 € completos.

    Entre las ciudades autónomas la brecha también es máxima: Ceuta cobra 143,88 € y Melilla 71,94 €, el doble exacto.

    Calcula la cuota de tu coche

    El mapa enseña un turismo de referencia. Si tu vehículo es otro —otra potencia fiscal, otra clase, un alta a mitad de año o una bonificación— usa la calculadora con las mismas tarifas de 2026.

    Calcular el impuesto de circulación

    Paga el ayuntamiento que consta en el permiso de circulación, no el de tu padrón.

    CVF

    Campo P.2.1 de la ficha técnica. No son los CV de potencia.

    Lo que pagas en 2026

    —

    Elige tu municipio para ver la cuota que aprueba su ordenanza.

    El impuesto se devenga el 1 de enero y lo debe quien figure como titular ese día. Sólo se prorratea en la primera adquisición, la baja definitiva y la baja por robo (art. 96.3): vender el coche a mitad de año no reduce la cuota.

    Cómo se calcula, y por qué cambia tanto de un pueblo a otro

    El impuesto de circulación —su nombre oficial es Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, IVTM— está regulado en los artículos 92 a 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    La ley funciona en dos pasos.

    Paso uno: la cuota estatal. El artículo 95.1 fija una tabla de cuotas mínimas según el tipo de vehículo y su potencia fiscal. Para turismos van desde 12,62 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 112,00 € (20 o más). El tramo de 12 a 15,99 CVF, el más común, paga 71,94 €.

    Paso dos: el coeficiente municipal. Cada ayuntamiento puede multiplicar esa cuota por un coeficiente de hasta 2. Ahí nace toda la diferencia: un municipio que no aprueba ordenanza cobra la cuota mínima; uno que aplica el coeficiente máximo cobra el doble.

    Es decir, los 17,99 € y los 143,88 € son igual de legales. No hay ningún ayuntamiento infringiendo nada por cobrar ocho veces más que otro; hay un margen que la ley concede y que cada uno usa como decide.

    Cuadro de tarifas estatal (artículo 95.1 TRLRHL)

    Potencia y clase de vehículoCuota
    A) Turismos
    De menos de 8 caballos fiscales12,62 €
    De 8 hasta 11,99 caballos fiscales34,08 €
    De 12 hasta 15,99 caballos fiscales71,94 €
    De 16 hasta 19,99 caballos fiscales89,61 €
    De 20 caballos fiscales en adelante112,00 €
    B) Autobuses
    De menos de 21 plazas83,30 €
    De 21 a 50 plazas118,64 €
    De más de 50 plazas148,30 €
    C) Camiones
    De menos de 1.000 kg de carga útil42,28 €
    De 1.000 a 2.999 kg de carga útil83,30 €
    De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil118,64 €
    De más de 9.999 kg de carga útil148,30 €
    D) Tractores
    De menos de 16 caballos fiscales17,67 €
    De 16 a 25 caballos fiscales27,77 €
    De más de 25 caballos fiscales83,30 €
    E) Remolques y semirremolques
    De menos de 1.000 y más de 750 kg de carga útil17,67 €
    De 1.000 a 2.999 kg de carga útil27,77 €
    De más de 2.999 kg de carga útil83,30 €
    F) Otros vehículos
    Ciclomotores4,42 €
    Motocicletas hasta 125 cc4,42 €
    Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc7,57 €
    Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc15,15 €
    Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc30,29 €
    Motocicletas de más de 1.000 cc60,58 €

    Cuotas mínimas antes del coeficiente municipal. Consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento para el importe real.

    Qué son los caballos fiscales →

    Bonificaciones: dónde se puede pagar menos

    El artículo 95.6 permite a los ayuntamientos aplicar reducciones, siempre de forma potestativa. Que existan en la ley no significa que tu municipio las tenga.

    Hasta el 75 % por carburante o motor. Pensada para vehículos eléctricos, híbridos y de gas. Es la más extendida y la que más varía: hay ciudades que dan el 75 % completo durante varios años y otras que no la contemplan.

    Hasta el 75 % por características del motor y uso. Menos habitual.

    Hasta el 100 % para vehículos históricos o con más de veinticinco años de antigüedad. Esta suele estar y suele ser generosa.

    Ninguna se aplica sola. Todas hay que solicitarlas al ayuntamiento, y en muchos casos solo surten efecto en el ejercicio siguiente. Si acabas de comprar un eléctrico y nadie te ha dicho nada, es muy probable que estés pagando la cuota completa.

    Cuándo se paga y quién lo paga

    El impuesto se devenga el 1 de enero. Quien figure como titular en el permiso de circulación ese día paga el año entero, aunque venda el coche en febrero.

    No hay prorrateo cuando se vende. Es el error más caro que comete la gente al comprar de segunda mano en enero: el impuesto de ese año ya está devengado a nombre del vendedor y no se reparte. Conviene pactarlo en el contrato, porque la ley no lo reparte por ti.

    Sí hay prorrateo por trimestres naturales en las altas, bajas definitivas y bajas temporales por sustracción. Si matriculas en julio, pagas dos trimestres.

    El municipio que cobra es el del domicilio que consta en el permiso de circulación, no el del padrón. Si te has mudado y no has actualizado la dirección en Tráfico, sigues pagando en el municipio anterior — con su tarifa, no con la nueva.

    Cada ayuntamiento fija su propio periodo voluntario de pago, normalmente entre marzo y junio. Ese dato no está en la ley: está en la ordenanza fiscal de tu municipio.

    Qué cubre este mapa y qué no

    Cubre 7.391 municipios de los 8.132 que hay en España. Los que faltan se explican así:

    524 municipios de Navarra y del País Vasco. Los territorios forales regulan el impuesto por Norma Foral propia, fuera del Real Decreto Legislativo 2/2004. No son comparables con el resto: sus tarifas siguen otra estructura, y meterlos en la misma escala daría una imagen falsa.

    217 municipios de régimen común que no aparecen en el export del Ministerio de Hacienda del que parten estos datos.

    Aun así, los municipios incluidos representan la práctica totalidad de la población de régimen común, porque los ausentes son casi todos de pocos habitantes. La cobertura es de 46.014.617 personas.

    Un aviso más, y va en serio: los coeficientes cambian cada ejercicio. Almería capital, por ejemplo, bajó el suyo de 1,8320 a 1,740 para 2026. Si vas a tomar una decisión con dinero de por medio —comprar, empadronarte, matricular—, contrasta la cifra con la ordenanza fiscal vigente de tu ayuntamiento. El mapa sirve para comparar y para orientarte; la ordenanza es la que manda.

    Preguntas frecuentes

    Depende del municipio y del vehículo. Por un turismo de 12 a 15,99 caballos fiscales, la cuota va de 17,99 € a 143,88 € al año, con una mediana nacional de 79,90 €.

    Porque la ley fija una cuota mínima y deja que cada ayuntamiento la multiplique por un coeficiente de hasta 2. Los municipios grandes tienden a aplicar el máximo; muchos pequeños se quedan en la cuota mínima.

    Quien conste como titular en el permiso de circulación a 1 de enero. Si vendes el coche después, el recibo de ese año sigue siendo tuyo.

    El impuesto se devenga el 1 de enero, pero cada ayuntamiento fija su periodo voluntario de cobro, normalmente entre marzo y junio. Consúltalo en tu ordenanza fiscal municipal.

    Sí, pero muchos ayuntamientos aplican una bonificación de hasta el 75 %. No es automática: hay que solicitarla, y no todos los municipios la tienen aprobada.

    Los vehículos históricos o con más de veinticinco años pueden llegar a estar bonificados al 100 %, también a criterio del ayuntamiento y previa solicitud.

    Al que figure en el permiso de circulación. Cambiar el padrón no cambia el impuesto: hay que actualizar la dirección en Tráfico.

    No. Sí lo hay, por trimestres naturales, en altas, bajas definitivas y bajas temporales por sustracción.

    Datos elaborados por CarQu Ingeniería a partir del export de ordenanzas fiscales del Ministerio de Hacienda y del padrón municipal. Cobertura: 7.391 municipios, ejercicio 2026. Licencia CC BY 4.0.

    Última actualización: 30 de agosto de 2026.

    Esta herramienta es orientativa. La cuota que finalmente exija la Administración depende de la ordenanza o de la normativa vigente en la fecha de devengo. Si necesitas un dato con validez ante la ITV o Tráfico, escríbenos.